Robert Sheldon
Abogados de InmigracionLa experiencia que usted quiere,
los resultados que necesita
Menu
C
o
n
t
a
c
t
o
=>>
EN LA MAYORIA DE LOS CASOS PODEMOS DETENER UNA DEPORTACION!
Antes de ir a la corte de Inmigracion
Hable con nosotros
La expulsión de los Estados Unidos (también conocida como deportación) es la peor consecuencia de inmigración por una variedad de delitos y violaciones de inmigración. Aquí encontrará información sobre cómo funciona el proceso, quién puede ser deportado y las opciones para defender un caso de deportación y obtener un estatus legal en los Estados Unidos.
Hemos ayudado a cientos de personas en esta situación!
“La Firma del Abogado de Inmigración Robert Sheldon hace más de 20 años que trabaja con los Jueces de Inmigración en la corte de Inmigracion.”
Una deportacion se puede evitar, existen opciones pero tienen que ser evaluadas por expertos:
Ciudadanía
Inmigración no puede deportar a un ciudadano estadounidense. Usted puede ser ciudadano si:
- Nació en los Estados Unidos, incluido Puerto Rico.
- Si nació en un país extranjero y uno de los padres era ciudadano estadounidense y vivió en los Estados Unidos. durante ciertos períodos de tiempo antes de su nacimiento
- Si nació en otro país pero uno o ambos de sus padres se naturalizaron y se hicieron ciudadanos cuando usted tenía menos de 18 años y vivía en los Estados Unidos como residente permanente legal
La ley es complicada y tiene varios otros requisitos. Si sus padres o abuelos eran ciudadanos estadounidenses, usted puede ser ciudadano estadounidense. Es importante saber cuándo nació usted, cuándo su padre o abuelo ciudadano vivió en los Estados Unidos, Cuándo nació su padre o abuelo ciudadano, si sus padres estaban casados y divorciados y quién tenía la custodia de usted si sus padres estaban separados y si sus padres se naturalizaron y se convirtieron en ciudadanos antes de que cumpliera 18. Si uno o ambos de sus padres o abuelos son ciudadanos de los Estados Unidos.
Es posible que se pueda aplicar a su ciudadania incluso si tiene una cargos criminales. Debe demostrar que ha tenido un buen carácter moral durante los últimos cinco años sin embargo si algunas actividades le impiden mostrar un buen carácter moral, necesita asesorarse con un abogado experto de Inmigracion para ver sus opciones.
Si usted tiene un caso en la corte de Inmigración nosotros podemos presentar una solicitud de ciudadania y pedirle al Juez de Inmigración que detenga el caso de deportación si se pueden mostrar “factores excepcionales o humanitarios”. Esto incluso podría aplicarse cuando tiene una condena antigua (incluso una condena por delito grave agravado antes del 29 de noviembre de 1990). Debe tener un comportamiento excepcionalmente bueno y cumplir con otros requisitos para la naturalización, como tener su residencia por al menos 5 años (o 3 años si se casó con un ciudadano estadounidense).
Cancelación de Deportacion y Perdon 212(c)
La cancelación de la Deportacion es una defensa incluso si tiene una condena de algun delito que no es grave. para calificar debe:
- Haber sido residente legal permanente (tenía una green card) por al menos 5 años;
- Haber residido en los Estados Unidos. continuamente durante 7 años después de haber sido admitido en los Estados Unidos en cualquier estado; y
- no ha sido condenado por un delito grave agravado.
Para mas detalles tenemos que ver su caso en particular y poder ver mejor que opciones tiene.
Perdon 212(c)
Si tiene una condena antigua , es posible que pueda usar la antigua ley de inmigración sección 212 (c), que permite a los residentes legales permanentes perdonar las condenas criminales bajo diferentes reglas. Esta ley aún se aplica a algunos casos, podemos solicitar un perdon 212(c) si:
- Usted es un residente permanente legal (tiene una green card)
- Ha vivido en los Estados Unidos legalmente durante al menos 7 años, incluido el tiempo como residente permanente legal o residente temporal legal. Si era menor de edad cuando sus padres tenían sus tarjetas de residencia pero aún no tenía la suya, es posible que pueda agregar el tiempo que sus padres tuvieron tarjetas de residencia al tiempo que tuvo la suya para igualar 7 años.
- No ha cumplido 5 años o más en prisión por un delito grave agravado.
Al solicitar la cancelación de la deportacion o un perdon 212(c), debemos convencer al Juez de Inmigración de que a pesar de tener algun cargo criminal, usted tiene muy buenas razones para quedarse en Estados Unidos. Estos incluyen la cantidad de tiempo que ya ha vivido en los Estados Unidos, sus lazos familiares en los Estados Unidos, Su historial laboral, su pago de impuestos al IRS, sus pagos de manutención infantil, rehabilitación y dificultades para usted y su familia si fuera a ser deportado. Debemos convencer al juez de inmigración de que lo lamenta, que no cometerá ningún otro delito en el futuro y que ha cambiado su vida. Es una defensa dificil pero posible, nosotros tenemos mucha experiencia y podemos ayudarlo.
Asilo
El asilo es para alguien que ha sufrido persecusion o teme sufrir en su país debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política real o sospechada, o pertenencia a un grupo social en particular. Los grupos pueden ser un grupo de estudiantes o maestros, el ejército o la guerrilla, un partido político, un grupo de derechos humanos, un grupo religioso, un sindicato, su clan indigena, su familia, mujeres opuestas a ciertas prácticas, homosexuales u otro grupo perseguido. Si se opone a las políticas de planificación familiar en su país, como los abortos forzados o la esterilización involuntaria, y ha sido perjudicado o teme ser dañado por ese motivo, Usted tiene un caso de asilo. Debe solicitar asilo dentro de un año de su llegada a los Estados Unidos, A menos que muestre circunstancias cambiantes o circunstancias extraordinarias. Las circunstancias cambiantes pueden ser cambios en su país de origen o en sus propias circunstancias fuera de su país. Circunstancias extraordinarias pueden ser enfermedades graves o depresión como resultado de daños pasados o cambios en su estado migratorio. Si no cumple con el plazo de presentación de un año y no cumple con una de las excepciones, aún puede solicitar la retención de la deportación y el auxilio en virtud de la Convención sobre la Tortura si ve que sera torturado si regresa a su país.
El asilo es para personas que temen daño o persecución, pero generalmente no está disponible si teme ser procesado por un delito. Sin embargo, si la acusación es para castigarlo por actividades políticas, religión, nacionalidad, raza o membresía grupal, entonces tiene un caso de asilo y nosotros le podemos ayudar!
Delitos que no permiten aplicar por Asilo
Algunos delitos le impiden obtener asilo. Por ejemplo, no puede obtener asilo si fue condenado por un delito agravado, o si fue condenado por un delito particularmente grave y constituye un peligro para la comunidad. Estos delitos generalmente incluyen el robo de una vivienda, robo, disparos con la intención de matar y otros delitos violentos. Tampoco puede obtener asilo si ayudó en la persecución de otros, o si cometió un delito grave no político en su país.
Retención de la Deportacion
Si tiene una condena por delito con agravantes, aún puede solicitar la retención de la deportación a menos que haya sido condenado a cinco años de prisión. Debe demostrar que su vida o libertad se verían amenazadas debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo en particular en su pais de origen.
Convención contra la tortura
Si teme ser torturado por agentes del gobierno o con el consentimiento del gobierno, nosotros podemos solicitar ayuda al Juez de Inmigración bajo la Convención contra la Tortura. Las condenas penales no son un castigo. Si ya tiene una orden de deportación, podemos llegar a reabrir su caso ante la corte de Inmigración y explicar por qué sería torturado.
Preparando una solicitud
Solicitar asilo, retención de deportación y la Convención contra la Tortura frente a un Juez de Inmigración es complicado, la mayoria de casos los niegan porque la gente no sabe llenar los papeles requeridos ni exponer el caso. Debemos explicar por qué dejó su país y qué cree que le sucederá si regresa. Debemos demostrar por qué estaría en peligro y quién lo dañará. Explicar todos los detalles. Si tiene cartas o artículos periodísticos u otros documentos, debemos analizarlos para saber cuanto le conviene presentar estos.
Ajuste de Status (Residencia)
El ajuste de estatus significa convertirse en un residente permanente legal y obtener su tarjeta de residencia. La forma principal de ajustar status en la corte de Inmigración es si usted:
- Esta casado con un ciudadano estadounidense o
- Tiene un hijo ciudadano estadounidense de 21 años o más, o
- Tiene un padre ciudadano estadounidense. Debemos presentar por su pariente ciudadano estadounidense una petición familiar por usted ante Inmigración. Luego, presentar otra solicitud adicional ante el Juez de Inmigración y demostrar que es admisible en los Estados Unidos. Algunos de los delitos que causan problemas en el caso son delitos de depravación moral (a menos que haya una posible sentencia de un año o menos y haya sido condenado a 6 meses o menos), condenas por drogas o dos delitos en los que recibió una sentencia de 5 años o más.
Los cónyuges, hijos y padres maltratados que hayan sido abusados por un cónyuge, padre o hijo ciudadano estadounidense o residente permanente legal pueden presentar una auto-petición en busca de un estado legal sin pedirle al abusador que presente los documentos.
Perdon 212(h)
Solo ciertas personas pueden solicitar un perdon 212(h), Este perdon es difícil de ganar, y no excusa el asesinato o la tortura (o intento de asesinato o tortura), o los delitos de drogas (excepto la posesión simple de 30 gramos o menos de marihuana). Nosotros podemos pelear por usted ante un juez de inmigración.
Por lo general, una persona que solicita un perdon 212(h) también debe buscar el ajuste de estatus para convertirse en residente permanente legal (el ajuste de status se describe arriba). La persona también debe estar casada con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, o tener un hijo, hija o padre que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal. También debe demostrar que sacarlo de los Estados Unidos causaría dificultades extremas a su cónyuge, padre, hijo o hija que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Si ha sido condenado por un delito violento o peligroso, debe demostrar que su expulsión causaría dificultades excepcionales y extremadamente inusuales a uno de los familiares mencionados anteriormente.
Si regresa de un viaje del extranjero y ya es un residente permanente legal, puede solicitar un perdon 212(h) para excusar estos delitos sin solicitar nuevamente el ajuste de estatus.
Ley de los diez años y suspensión de la deportación
Existe otro tipo de cancelación de la deportacion conocida como la ley de los diez años, que permite a las personas permanecer legalmente en los Estados Unidos. Incluso si nunca antes tuvieron una residencia o estatus legal. Debe cumplir ciertos requisitos:
- Debe haber estado físicamente presente en los Estados Unidos durante 10 años;
- Debe tener un buen carácter moral
- Si fuera a ser deportado, debe mostrar dificultades “excepcionales y extremadamente inusuales” a su cónyuge, padre o hijo ciudadano estadounidense o residente legal permanente. La dificultad para usted mismo no cuenta.
- La mayoría de los cargos criminales impiden este tipo de salida migratoria, ya que no puede mostrar un buen carácter moral. Estas condenas incluyen: cualquier condena que resulte en encarcelamiento por 180 días o más; cualquier condena por drogas; cualquier delito grave agravado; y otros, necesitamos ver su caso en mas detalle.
Cancelación de Deportacion para hombres, mujeres y niños inmigrantes maltratados
Existen reglas especiales si una persona ha sufrido maltrato o crueldad extrema de un cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Por ejemplo, un cónyuge maltratado puede solicitar la cancelación de la expulsión después de estar en los Estados Unidos Por solo 3 años. 8 U.S.C. §1229b (b) (2). Además, las personas que sufren abuso por parte de un cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente permanente legal también pueden presentar una auto-petición en busca de un estado legal sin tener que depender de su abusador.
Corte de Inmigracion
Tenga Mucho Cuidado!!!
Visas Victimas de Crimenes
Tipos de Visas
Cupos de Visas
Residencia (Green Card)
Ciudadania
Terminos de Inmigracion
Si usted esta interesado en solicitar cualquier tipo de visa, es muy recomendable asesorarse con un abogado experto de inmigracion para incrementar las posibilidades de aprobacion de su peticion.
Un abogado de inmigracion tiene la experiencia de haber realizado estos procesos muchas veces y saber exactamente el proceso para lograr la aprobación, esto le ahorra tiempo, dinero y lo guia adecuadamente para tener exito en su tramite.
Miami - Coral Gables
3134 Coral Way
Miami FL 33145
(305) 529 8880
(305) 774 6529
Fax (786) 497 3909
Miami Gardens - Hialeah
5901 NW Miami Gardens Dr
Suite 215
Miami, FL 33015
Tel: (305) 625 8010
Fax (305) 625 8015
Oakland Park
4505 NW 31st Ave.
Oakland Park, FL 33309
(954) 486 8886
(954) 735 2909
Fax (954) 735 2913
Pompano Beach
2718 West Atlantic Blvd.
Pompano Beach, FL 33069
(954) 973 1410
(954) 970 5115
Fax (954) 973 1005