Robert Sheldon

Abogados de Inmigracion

La experiencia que usted quiere,
los resultados que necesita

Visas de Inversionistas y Comerciantes E1, E2 y E3

Visas no inmigrante de Inversionista o Comercio a los Estados Unidos

El gobierno de Los Estados Unidos provee un número ilimitado de Visas de no inmigrantes para personas que desean invertir en negocios dentro del país. El interesado debe ser ciudadano de un país que tenga un tratado de inversión con Los Estados Unidos.

Cuota: ninguna
Duración de la Visa: 5 años

Extensión: 5 años,
se puede extender cuantas veces sea necesario mientras se demuestre
que el negocio sigue vigente.
Proceso de solicitud: 2 a 4 semanas.

Para calificar usted debe:

(1) Ser propietario de al menos el 50% de la compañía en los Estados Unidos, o ser un empleado clave dentro de la compañía como un ejecutivo o administrador

(2) Estar dispuesto a hacer una importante invesión de dinero en el negocio que
se establecerá dentro de los Estados Unidos. ($100.000 dólares como mínimo)

(3) Demostrar que la compañía, en la cual invertirá obtendrá ganancias suficientes
para garantizar el empleo de trabajadores americanos

(4) Estar dispuesto a dejar el país en el momento en que el negocio termine

Familiares acompañantes:
Los familiares acompañantes (conyuge e hijos solteros y menores de 21 años) de una persona que posea una Visa de Inversionista E-2, también son calificados para este mismo tipo de Visa. Ellos pueden residir dentro de los Estados Unidos y solo el conyuge tiene derecho a permiso de trabajo.

Estados Unidos ha firmado Tratados de comercio y navegación con una gran cantidad de países extranjeros. Consulte la Lista de países del Tratado para obtener más información sobre qué países tienen tratados con los Estados Unidos. Los extranjeros que sean de un país con un tratado y que cumplan con los requisitos establecidos en los estatutos y reglamentos son elegibles para visas de categoría E. La visa E1 está disponible para los comerciantes del tratado y la categoría E2 está disponible para los inversores del tratado. La categoría E3 está disponible para los trabajadores de ocupación especial de Australia y tiene requisitos similares a la categoría H1B.

Lista de países que participan en los programas de visa Treaty Trader (E1) o Treaty Investor (E2).

País del tratado Visa / Clasificación Fecha efectiva
Albania E2 4 de enero de 1998
Argentina E1 20 de octubre de 1994
Armenia E2 29 de marzo de 1996
Australia E1 / E2 16 de diciembre de 1991 27 de diciembre de 1991
Austria E1 / E2 27 de mayo de 1931
Azerbaiyán E2 2 de agosto de 2001
Bahrein E2 30 de mayo de 2001
Bangladesh E2 25 de julio de 1989
Bélgica E1 / E2 3 de octubre de 1963
Bolivia E1 / E2 9 de noviembre de 1862 6 de junio de 2001.
Bosnia y Herzegovina E1 / E2 15 de noviembre de 1882
Bulgaria E2 2 de junio de 1994
Camerún E2 6 de abril de 1989
Canadá E1 / E2 1 de enero de 1993
Chile E1 / E2 1 de enero de 2004
China (Taiwán) E1 / E2 30 de noviembre de 1948
Colombia E1 / E2 10 de junio de 1848
Congo (Brazzaville) E2 13 de agosto de 1994
Congo (Kinshasa) E2 28 de julio de 1989
Costa Rica E1 / E2 26 de mayo de 1852
Croacia E1 / E2 15 de noviembre de 1882
Republica checa E2 1 de enero de 1993
Dinamarca E1 / E2 30 de julio de 1961 10 de diciembre de 2008.
Ecuador E2 11 de mayo de 1997
Egipto E2 27 de junio de 1992
Estonia E1 / E2 22 de mayo de 1926 16 de febrero de 1997.
Etiopía E1 / E2 8 de octubre de 1953
Finlandia E1 / E2 10 de agosto de 1934 1 de diciembre de 1992.
Francia E1 / E2 21 de diciembre de 1960
Georgia E2 17 de agosto de 1997
Alemania E1 / E2 14 de julio de 1956
Grecia E1 13 de octubre de 1954
Granada E2 3 de marzo de 1989
Honduras E1 / E2 19 de julio de 1928
Corrí E1 / E2 16 de junio de 1957
Irlanda E1 / E2 14 de septiembre de 1950 18 de noviembre de 1992
Israel E1 3 de abril de 1954
Italia E1 / E2 26 de julio de 1949
Jamaica E2 7 de marzo de 1997
Japón E1 / E2 30 de octubre de 1953
Jordán E1 / E2 17 de diciembre de 2001
Kazajstán E2 12 de enero de 1994
Corea del Sur) E1 / E2 7 de noviembre de 1957
Kosovo E1 / E2 15 de noviembre de 1882
Kirguizstán E2 12 de enero de 1994
Letonia E1 / E2 25 de julio de 1928 26 de diciembre de 1996.
Liberia E2 21 de noviembre de 1939
Lituania E2 22 de noviembre de 2001
Luxemburgo E1 / E2 28 de marzo de 1963
Macedonia, la ex República Yugoslava de (República Federativa de Yugoslavia) E2 E2 15 de noviembre de 1882
Mexico E1 / E2 1 de enero de 1994
Moldavia E2 25 de noviembre de 1994
Mongolia E2 1 de enero de 1997
Montenegro E1 / E2 15 de noviembre de 1882
Marruecos E2 29 de mayo de 1991
Países Bajos E1 / E2 5 de diciembre de 1957
Noruega E1 / E2 18 de enero de 1928
Omán E1 / E2 11 de junio de 1960
Pakistán E1 / E2 12 de febrero de 1961
Panamá E2 30 de mayo de 1991
Paraguay E1 / E2 7 de marzo de 1860
Filipinas E1 / E2 6 de septiembre de 1955
Polonia E1 / E2 6 de agosto de 1994
Rumania E2 15 de enero de 1994
Serbia E1 / E2 Noviembre 15,1882
Senegal E2 25 de octubre de 1990
Singapur E1 / E2 1 de enero de 2004
República Eslovaca E2 1 de enero de 1993
Eslovenia E1 / E2 15 de noviembre de 1882
España E1 / E2 14 de abril de 1903
Sri Lanka E2 1 de mayo de 1993
Surinam E1 / E2 10 de febrero de 1963
Suecia E1 / E2 20 de febrero de 1992
Suiza E1 / E2 08 de noviembre de 1855
Tailandia E1 / E2 8 de junio de 1968
Ir E1 / E2 5 de febrero de 1967
Trinidad y Tobago E2 26 de diciembre de 1996
Túnez E2 7 de febrero de 1993
pavo E1 / E2 15 de febrero de 1933 18 de mayo de 1990.
Ucrania E2 16 de noviembre de 1996
Reino Unido E1 / E2 03 de julio de 1815
Yugoslavia E1 / E2 15 de noviembre de 1882

Comerciantes de tratados (visas E1)

Los comerciantes de tratados se definen como aquellos que realizan un importante comercio principal de bienes, servicios y / o tecnología entre el país de su ciudadanía y los Estados Unidos. El comercio se define como el intercambio internacional existente de artículos entre los Estados Unidos y el país del tratado. Esto significa que debe haber un flujo continuo y considerable de artículos de comercio internacional, con numerosos intercambios de artículos valiosos a la vez. Los artículos comerciales incluyen, pero no se limitan a: bienes, servicios, banca internacional, seguros, transporte, turismo, tecnología y transferencia de tecnología, y ciertas actividades de recopilación de noticias. Los comerciantes de tratados y sus empleados calificados solo pueden trabajar en la actividad para la cual se aprobó la clasificación, con excepciones limitadas existentes para el trabajo de una empresa matriz o subsidiaria.

Tratado a los inversores (visas E2)

Los inversionistas por tratado se definen como aquellos que dirigen las operaciones de una empresa en la que han invertido, o están invirtiendo activamente, una cantidad sustancial de dinero o capital en una empresa estadounidense de buena fe . Una buena felos negocios pueden ser de naturaleza comercial o empresarial, y deben tener capacidad para generar ganancias por encima de los marginales. Para cumplir con los criterios, un inversionista en un tratado debe ingresar a los Estados Unidos con el único propósito de desarrollar o dirigir una empresa de inversión, y debe tener una posición de control, como gerente o director, o tener al menos un 50% de propiedad de la empresa. Una inversión calificada debe ser sustancial para garantizar el compromiso del inversionista con el éxito de la empresa, debe asumir un elemento de riesgo comercial y colocarse con la intención de generar una ganancia. Se entiende que una inversión calificada puede fallar y provocar una pérdida parcial o total del capital invertido. Para ser elegible, un inversionista del tratado debe demostrar que los fondos invertidos no se han obtenido de una actividad delictiva.

Especialidad de los trabajadores ocupacionales australianos (visas E3)

La clasificación de visa E-3 se aplica solo a los ciudadanos de Australia, así como a sus cónyuges e hijos. Los solicitantes principales de E3 deben ir a los Estados Unidos únicamente para trabajar en una ocupación especializada. El cónyuge y los hijos no necesitan ser ciudadanos australianos. Sin embargo, los EE. UU. No reconocen las relaciones de facto a los fines de la inmigración, y debe existir un certificado de matrimonio para que un cónyuge acompañe a un trabajador especializado en E3. La definición de “ocupación especializada”, que se encuentra en la sección 214 (i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), establece que la ocupación requiere:

  1. Una aplicación teórica y práctica de un cuerpo de conocimientos especializados; y
  2. La obtención de un título de licenciatura o superior en la especialidad específica (o su equivalente) como mínimo para ingresar a la ocupación en los Estados Unidos.

Si un empleador no está seguro de si la posición es una “ocupación especializada”, debe consultar con un abogado de inmigración con experiencia.

Cómo presentar una petición

Los comerciantes de tratados y los inversionistas de tratados pueden solicitar una visa en su nombre. También pueden solicitar un cónyuge, hijos solteros menores de 21 años y ciertos empleados. Un empleado E1 o E2 debe tener el mismo país de ciudadanía que el empleador, y debe ser empleado en una capacidad gerencial o de supervisión, o ser esencial para las operaciones comerciales. Una empresa puede solicitar a sus empleados en la categoría E1 si la empresa es propiedad de al menos el 50% de personas en estado de comerciante de tratado de no inmigrante válido. Los empleadores, que son clasificables como comerciantes de tratados, pueden enviar a sus empleados a los Estados Unidos bajo estas clasificaciones, incluso si dichos empleadores permanecen en el extranjero. Un comerciante de un tratado o un inversionista de un tratado puede ingresar a los EE. UU. Con una visa de no inmigrante y, cuando esté en los EE. UU., Presentar una solicitud para cambiar el estado a E1 o E2. Alternativamente, un solicitante puede completar toda la documentación en el extranjero y luego solicitar una visa en un puerto de entrada de los EE. UU. Las visas E1 o E2 se otorgan por un período inicial máximo de dos años, pero pueden extenderse indefinidamente en incrementos de dos años. Todos los comerciantes de tratados deben tener la intención de salir de los Estados Unidos una vez que sus visas E expiren o sean canceladas por cualquier motivo. Cualquier persona en estado E debe seguir cuidadosamente las reglas del estado E y ser consciente del período de tiempo en que la visa E sigue siendo válida.

Miembros de la familia

A diferencia de los propios empleados calificados, los miembros de la familia no tienen que ser ciudadanos de un país con tratado. Los miembros de la familia E1 y E2 pueden trabajar en los Estados Unidos sin restricciones después de solicitar y obtener un Documento de Autorización de Empleo (pero pueden no trabajar hasta obtener dicha documentación).

Informacion para pedir empleados de Inversionistas click aqui

Cuestionario para Evaluacion de aplicacion de Inversionistas click aqui

Preguntas Frecuentes Inmigracion

¿Qué es una visa?

Es un documento de identificación, emitido fuera de los Estados Unidos, que permite entrar al país de forma legal y co…

¿Que es la residencia?

Un residente permanente es alguien autorizado para residir y trabajar en los Estados Uni..

¿Que hago si me detiene Inmigracion?

No firme ningun papel, responda pocas preguntas, y pongase en contacto con nosotros inmediatam…

¿Que es la loteria de visas?

El programa de lotería de v…

Lo mas leido y visto

Visa U Alivio de Inmigración para victimas de violencia y otros delitos.

Categorias de visas de noinmigrante.

Visa L1 de transferencia para gerentes y ejecutivos de compañias con sucursal en el extranjero.

Visa E de no Inmigrante a traves de Inversion o Comercio.

Visa H1B de no inmigrante por Trabajo Empleados Especiales.

Corte de Inmigracion
Tenga Mucho Cuidado!!!
Visas Victimas de Crimenes
Tipos de Visas
Cupos de Visas
Residencia (Green Card)
Ciudadania
Terminos de Inmigracion

Si usted esta interesado en solicitar cualquier tipo de visa, es muy recomendable asesorarse con un abogado experto de inmigracion para incrementar las posibilidades de aprobacion de su peticion.

Un abogado de inmigracion tiene la experiencia de haber realizado estos procesos muchas veces y saber exactamente el proceso para lograr la aprobación, esto le ahorra tiempo, dinero y lo guia adecuadamente para tener exito en su tramite.

 

Miami - Coral Gables

3134 Coral Way
Miami FL 33145
(305) 529 8880
(305) 774 6529
Fax (786) 497 3909

Miami Gardens - Hialeah

5901 NW Miami Gardens Dr
Suite 215
Miami, FL 33015
Tel: (305) 625 8010
Fax (305) 625 8015

Oakland Park

4505 NW 31st Ave.
Oakland Park, FL 33309
(954) 486 8886
(954) 735 2909
Fax (954) 735 2913

Pompano Beach

2718 West Atlantic Blvd.
Pompano Beach, FL 33069
(954) 973 1410
(954) 970 5115
Fax (954) 973 1005

Traducir/Translate »